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La campaña empezó el pasado 7 de abril, via electrónica, con algunas novedades que te hacemos llegar desde www.cursosypostgrados.com para hacertelo más fácil.

Las novedades se resumen en el tema administrativo y en aspectos que afectan a la liquidación.

 Te los resuminos:

 -Si has alquilado tu piso en el ejercicio 2014  tendrás beneficios en la #declaraciontributaria. Te podrás deduccir por esta operación.

 -En el tema administrativo se ha insertado un sistema con clave, orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y asi unificar las claves de todos los servicios online de la administración pública.

 -Se pone fin a estar exento de algunas de las ganancias patrimoniales  generadas por la transmisión de acciones y participaciones en empresas de nueva o reciente creación aunque no afecta a la transmisión de títulos adquiridos con anterioridad al 29 de septiembre de 2013.

 -Como en años anteriores no desgravan las compras de casa realizadas desde enero de 2013.

-Los trabajadores en el extranjero tendrán la ventaja de estar exentos de hasta 60.100 euros generados por su actividad profesional fuera de nuestras fronteras.

-Por los premios de loterías y apuestas del Estado u otros organismos oficiales se crea un gravamen especial del 20% sobre esos premios cuando su importe sea superior a 2.500 euros, en la parte que supere esa cantidad.

-Si se han comprado acciones de la misma compañía el año anterior o posterior a la transmisión de los títulos que se venden.

-Si la venta de las acciones se hace a familiares o parientes por consanguinidad o afinidad de hasta segundo grado.

-Hay cambios que se encontrarán más presentes en el ejercicio 2015 como el de la reforma fiscal que se aplicará en su totalidad aunque para este ejercicio habrá cambios que se producirán en la liquidación de la renta.

Un ejemplo de ello es la deducción a familias con dificultades, como las numerosas o aquellas con miembros con discapacidad que se podrá aplicar en ejercicio 2015 el próximo año aunque se puee recibir la ayuda de forma anticipada rellenando el modelo 143.

 

                            

Plazos de presentación Por la vía electrónica o telefónica a partir del 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015. Los que se inclinen por la Declaración presencial (asistir a las propias oficinas de los organismosributarios o a las entidades colaboradoras con cita previa) tendrán que esperar hasta el 11 de mayo para entregarla.

El plazo finaliza para todos el 30 de junio.

Requisitos No obstante, los contribuyentes que opten por vías telemáticas deberán comunicar su número de identificación fiscal (NIF), el importe de la casilla 415 de la Declaración del #IRPF del pasado año y su número de teléfono móvil, a fin de recibir por SMS el número de referencia del borrador o sus datos fiscales. Quienes dispongan de firma electrónica podrán acceder directamente a cualquiera de estas informaciones fiscales a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, sin mayores trámites administrativos.