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20 días para realizar el cambio de régimen fiscal imagen 1

De ser el caso de un trabajador autónomo, existen tres regímenes fiscales para poder adherirse, dependiendo de la actividad que realice y la cifra neta de negocios. Y es que los trabajadores por cuenta propia tienen que tomar ventaja y aprovechar la oportunidad de decidir el régimen fiscal más acorde a sus condiciones.

Método de estimación directa: se realiza el cálculo del rendimiento neto por diferencias entre los ingresos computables y los gastos deducibles, aplicando, la normativa del Impuesto sobre Sociedades. Podrá ser aplicado cuando el contribuyente renuncie a la
modalidad de estimación directa simplificada o al sobrepasar los 600.000 euros la cifra neta de negocios.

Estimación directa modalidad simplificada: la cifra de negocios dentro del conjunto de todas las actividades llevadas a
cabo por el contribuyente no supere a 600.000 euros. A diferencia del anterior, se caracteriza por su menor carga contable,
provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación.

Módulos o estimación objetiva: esta condicionada a las actividades que anualmente aparecen en la Orden de Módulos. Si superan los 450.000 euros no se podrá adherir a este sistema.

Este mes se estima que se convertirá en la clave para comunicar el cambio de régimen, ya sea por obligación o de manera voluntaria. Este año “se han observado que tributaría menos en un escenario de estimación directa que en el actual de módulos” y a su vez es importante recordar  Recuerda que al tomar una decisión 'la renuncia tendrá efectos por un periodo mínimo de tres años. Transcurrido este plazo, se entenderá prorrogada para cada uno de los años siguientes en que pueda resultar aplicable, salvo que se revoque en el mes de diciembre anterior'.

 

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