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El Consejo de Ministros aprueba un marco regulatorio temporal para el uso de los aparatos.

Hace menos de dos meses el Ministerio de Fomento anunció que la regulación de las operaciones realizadas a través de aeronaves no tripuladas, mejor conocidas como drones, era inminente.

Ese momento ha llegado: este viernes el Gobierno ha aprobado un marco regulatorio temporal que establece los requisitos exigidos a estos aparatos para poder operar, así como las obligaciones que tienen que cumplir los pilotos y las empresas que las utilicen.

La razón es 'aprovechar el gran potencial económico que tiene este sector emergente', explica Ana Pastor, ministra de Fomento. La norma creada pone en vigor un marco provisorio antes de que la legislación definitiva sea aprobada.

De este modo, España se adapta 'al desarrollo de las nuevas tecnologías pero garantizando la seguridad', precisó Pastor.

El Consejo de Ministros ha previsto que los drones puedan ser empleados en operaciones de investigación y desarrollo, extinciones de incendios, levantamientos aéreos, filmación y actividades de vigilancia, publicidad aérea y operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento, entre otras actividades.

Para garantizar la seguridad, se mantiene la prohibición de sobrevolar los núcleos urbanos, por lo menos hasta que la regulación definitiva no vea la luz.

En cuanto al tipo de aeronaves autorizadas para operar, se distinguen tres categorías: drones inferiores a los dos kilos, hasta los 25 y con peso superior a los 25.

Todos los aparatos deberán de tener una placa de identificación y los profesionales encargados de manejar las operaciones en tierra deberán de contar con cualquier licencia de piloto, incluso la de ultraligeros, o demostrar de manera irrefutable sus conocimientos.

 

Fuente: El País

 

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