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En la actualidad, hay cuatro categorías de contratos laborales: el contrato indefinido, el contrato temporal, el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de prácticas.

Un contrato laboral se refiere a un acuerdo entre un trabajador y una empresa en el cual el empleado se compromete a ofrecer ciertos servicios en nombre del empleador, bajo su supervisión y dirección, a cambio de una compensación económica acordada, también conocida como salario.

resumesEn España, se pueden encontrar diferentes tipos de contratos laborales que se adaptan a las características y necesidades de cada empleo. Actualmente, existen cuatro modalidades contractuales principales: el contrato indefinido, el contrato temporal, el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de prácticas. Además de estos, también hay un contrato específico para los pescadores. A continuación, analizaremos en qué consiste cada uno de ellos.

Contrato indefinido: sin límite de tiempo

El contrato indefinido es aquel en el cual no se establece un límite de tiempo para la prestación de servicios entre el trabajador y la empresa. Puede ser a jornada completa, con una carga horaria de aproximadamente 40 horas semanales, o a tiempo parcial. En este último caso, es necesario especificar el número de horas ordinarias de trabajo por día, semana, mes o año, así como su distribución. Si no se establece esta distribución, se asume que se trata de un contrato a jornada completa, según lo explicado por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE).

En el caso de un contrato indefinido fijo discontinuo, se debe incluir por escrito la duración estimada de la actividad, así como el modo y el orden de llamamiento estipulados en el convenio colectivo correspondiente. Además, se debe indicar de manera orientativa la jornada laboral estimada y su distribución horaria.

Si se contrata de forma indefinida a un trabajador con discapacidad, el contrato debe ir acompañado de la solicitud de alta en el régimen adecuado de la Seguridad Social, junto con el certificado de discapacidad.

Contrato temporal: limitado tras la reforma laboral

Otro tipo importante de contrato laboral es el contrato temporal, el cual establece una duración específica para la relación laboral entre el trabajador y la empresa. Con la reciente reforma laboral, se han limitado las opciones para celebrar contratos temporales, llegando al punto actual en el que un contrato temporal o de duración determinada solo puede ser realizado por circunstancias de la producción, sustitución de un trabajador o para cubrir temporalmente un puesto durante un proceso de selección o promoción.

Debido a esta limitación de los contratos temporales, el contrato indefinido fijo discontinuo se ha convertido en la única opción viable para gran parte del empleo estacional en España.

La necesidad de un contrato temporal debe ser justificada detalladamente. El empleador debe especificar en el contrato la causa que habilita la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista. Este tipo de contrato también puede ser a jornada completa o parcial, y el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) proporciona un modelo básico para su facilitación.

Contrato de trabajo de formación en alternancia: permite trabajar y estudiar al mismo tiempo

El contrato de formación tiene como objetivo conciliar una actividad laboral remunerada con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o las especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Para lograr esto, la actividad laboral debe complementar, coordinarse e integrarse con la actividad formativa en un programa conjunto, en el marco de los acuerdos y convenios de cooperación establecidos entre los centros universitarios o de formación profesional, las entidades formativas acreditadas o inscritas, y las empresas y entidades colaboradoras.

Estos contratos pueden ser elegibles para incentivos a la contratación, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente, los cuales varían según el tamaño de la plantilla de la empresa. Los incentivos pueden consistir en una reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social para el trabajador contratado y del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social cuando la plantilla de la empresa sea menor de 250 personas, o del 75% si es igual o mayor a 250 trabajadores.

Además, al agotarse la duración máxima de un contrato de formación (dos años), si este se convierte en indefinido, las empresas tienen derecho a una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de 1.500 euros durante los primeros tres años, o de 1.800 euros en el caso de que el trabajador sea una mujer. El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) proporciona el modelo para este tipo de contrato.

Contrato formativo para la obtención de práctica profesional: se firma tras finalizar los estudios

El contrato formativo tiene como objetivo proporcionar al trabajador la experiencia práctica adecuada a su nivel de estudios o formación, permitiéndole desarrollar las habilidades y capacidades correspondientes a su área de estudio.

A diferencia del contrato de formación, que se firma durante el período de estudios, este tipo de contrato se realiza en los tres años posteriores a su finalización, o hasta cinco años en el caso de personas con discapacidad.

Los contratos formativos pueden ser a jornada completa o parcial. En el caso de contratos a tiempo parcial, es necesario especificar el número de horas ordinarias de trabajo por día, semana, mes o año, así como su distribución. Además, este tipo de contrato puede ser elegible para incentivos a la contratación si se cumplen los requisitos correspondientes. El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) proporciona el modelo para este tipo de contrato.

Un contrato específico para pescadores

Aparte de los cuatro tipos de contratos laborales mencionados anteriormente, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) también destaca la existencia de un contrato específico para pescadores. Este contrato tiene como objetivo mejorar las condiciones de trabajo en el sector pesquero en términos de contratación, horas de trabajo, repatriación, alimentación, alojamiento y protección de la salud y atención médica para los pescadores incluidos en el artículo tres del Real Decreto 618/2020. El SEPE proporciona un modelo específico de contrato para este propósito.

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